Reflexiones varias sobre educación


El nuevo director: Análisis

17.12.2013 12:27

 

La LOMCE, entre sus reformas, ha propuesto un profundo cambio en el sistema del funcionamiento del equipo directivo, tanto en sus funciones, ahora mucho más unilaterales, como en su elección, en la ya no es determinante la comunidad educativa del centro en cuestión.

 

 

El nuevo sistema de elección establece como único requisito para ser director, la acreditación de un certificado de formación de director impartido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Esto significa que ahora, para llegar al cuerpo directivo, no hay que partir de la elaboración de un proyecto conjunto del equipo de docentes que quieren optar al cargo, el cuál hasta ahora tenía que ser apoyado por el resto de profesores ( los encargados de llevarlo a cabo). En mi opinión, este nuevo sistema es una forma de disolver el trabajo comunitario de los centros, y considero que este punto es muy desfavorecedor para el correcto funcionamiento del centro,  puesto que creo que todo lo que conlleve externalizar las decisiones a organismos ajenos a los centros es contraproducente para los mismos.

 

A esto se le une , como he mencionado al principio,  que ahora es la Administración la que realmente decide quien ocupa el cargo de director, ya que tiene una importante ventaja porcentual de votos, respecto a la comunidad educativa , pudiendo llegar a tener esta última tan solo un 30 % de votos. Los variación de porcentajes entre la Administración y el cuerpo del centro, también será decisión de la Administración.

Este punto me parece especialmente alarmante, ya que se corre , en mi opinión, el gran riesgo de que el cargo del directo sea más que nada un cargo político. Las decisiones de los centros educativos tienen que ser tomadas, sin ningún lugar a dudas, por sus propios miembros, sólo ellos son conocedores de las dificultades y problemas que se dan en cada centro, y son ellos los únicos que deberían tener potestad para tomar decisiones y llevar a cabo las medidas que consideren necesarias, siempre de manera colectiva.

Son numerosas las modificaciones planteadas por la LOMCE respecto a las nuevas funciones asignadas al director:

 

"Artículo 132. Competencias del director.

Son competencias del director:

l) Aprobar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del título V de la presente ley orgánica.

m) Aprobar la programación general anual del centro sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente.

n) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido enesta  ley orgánica y disposiciones que la desarrollen.

o) Aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo establecido en el artículo 122.3.

p) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.

q) Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa."

 

Bajo mi perspectiva, todas ellas apuntan en una misma dirección,  y es que la dirección ahora tiene un papel completamente unilateral. Todas las decisiones pueden ser tomadas por el director, no tiene la obligación de contar con la participación del resto de miembros del centro.

Creo que cuanto más poder y responsabilidad se concentre en una sola persona, hay más peligro de que las decisiones sean tomadas bajo intereses personales, que en este caso creo que irán encaminadas hacia los intereses de las Administración. Las decisiones cuanto más democráticas sean, en este contexto y en cualquier otro, mejor responderán a las necesidades de lo comunidad en cuestión, y creo que el nuevo papel otorgado al director por la LOMCE va completamente en dirección opuesta a esto.

 

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