Reflexiones varias sobre educación


Funciones del consejo escolar y elección del director

03.12.2013 15:45

FUNCIONES DEL CONSEJO ESCOLAR Y ELECCIÓN DEL DIRECTOR DEL CENTRO

 

El consejo escolar es un órgano decisivo de la organización del centro, cualquier decisión que se tome tiene que contar con su aprobación.

En  éste están representados los alumnos, los padres, los profesores, el personal no docente del centro y hay también un miembro del ayuntamiento. A los miembros que lo forman , lo eligen sus propios sectores y se la mitad de la plantilla se tiene que renovar cada dos años.

Cabe apuntar, respecto a este tema, que la elección de los consejeros , no se lleva a cabo con la suficiente seriedad que debería (sobre todo en el sector del alumnado), puesto que, a menudo, no se tiene la suficiente conciencia de la importancia que tiene ser miembro del , consejo escolar, a esto se suma, el desinterés y la desinformación que suele haber por parte de los alumnos con respecto a este tema.

El director y el jefe de estudios son miembros natos del consejo escolar.

El consejo escolar tiene la obligación de informar trimestralmente de los de los resultados de las evaluaciones, del funcionamiento de las actividades escolares, de las faltas del profesorado y de cualquier otra cuestión de interés relacionada con el funcionamiento del centro.

En  el El Reglamento Orgánico de los Institutos de la Educación Secundaria ( ROC) , Decreto 327 https://www.fapagranada.org/wp-content/uploads/2010/10/ROC-Secundaria.pdf, se recogen todas las competencias de los diferentes órganos organizativos de los centros de secundaria.

En base la ley estipulada de este decreto, cada centro realiza el llamado RRI (Reglamento de Régimen Interno) adaptando ésta sus circunstancias particulares.

Se reúne cuando lo convoca el director, y suele ser después de los claustros, aunque puede convocarse por cualquier otra circunstancia extraordinaria que se presente.

Entre sus funciones, está también la de la elección del director, lo cual es un tema algo controvertido, puesto que hay opiniones, entre las que me incluyo, que defienden que éste, debería ser elegido directamente por el claustro.

La elección de director se lleva a cabo cada 4 años, salvo ocasiones excepcionales.

Los candidatos presentan su equipo y su proyecto. Lo lógico y recomendable es convocar un claustro extraordinario, para defender el proyecto ante los profesores, y para ver el respaldo que va a tener tal proyecto por parte de los profesionales que lo van a llevar a cabo y que conocen de primera mano los problemas internos del centro.

Este paso, es más bien una obligación moral que deben tener, bajo mi punto de vista, todos los equipos que se presentan para la dirección , sin embargo la decisión la toma el consejo escolar.

Esto suele crear muchos conflictos, puesto que por sentido común , el claustro siempre debería  votas, lo que ha votado el claustro. En caso que ocurra lo contrario, considero que es una muestra de que se ha votado a nivel personal, y no profesional. Su decisión no representa a la comunidad docente, y para evitar esto, lo más sensato sería que el directo lo eligiese el claustro directamente.

 

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